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Aportes

Pago de planilla única

La planilla única es el sistema obligatorio que el Gobierno Nacional ha creado para que todas las empresas de manera unificada calculen, totalicen y paguen los aportes a la Seguridad Social (salud, pensión, riesgos profesionales, Caja de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Sena) de todos los trabajadores que estén a su cargo

Joven con auriculares llamando a alguien
Icono 3d de un ramo de billetes

Documentos para afiliarte

Sugerimos a las empresas afiliadas a COMFACUNDI, que preferiblemente y para un mejor servicio, utilicen el Operador de Información ASOPAGOS para el Pago Integrado de los Aportes a la Seguridad Social de los trabajadores de la empresa

Icono 3d de tarjeta de credito

Documentos para afiliarte

Es la modalidad de pago que le permite a cualquier Persona Jurídica, Persona Natural o independiente pagar los aportes de la Seguridad Social por medio de transferencia electrónica de fondos a través de Internet.

Los requisitos son:

  • Estar registrado con un Operador de Información
  • Tener computador
  • Tener conexión a Interne
  • Tener una cuenta bancaria en Colombia
  • Tener las contraseñas asignadas por el banco para transacciones por Internet

Marco Legal

A continuación se hace referencia de la normatividad que rige a la Planilla Integrada de liquidación de Aportes: Decreto 3667 del 2004, establece el sistema de la Planilla Única para la liquidación y el pago de los Aportes de la Seguridad Social. Decreto 187 del 2005, establece la fecha de entrada en vigencia de la Planilla Integrada de liquidación de aportes y la obligatoriedad de su utilización.
lOGO LIBRO
Decretos relevantes
  • Decreto 3667 del 2004, establece el sistema de la Planilla Única para la liquidación y el pago de los Aportes de la Seguridad Social. Decreto 187 del 2005, establece la fecha de entrada en vigencia de la Planilla Integrada de liquidación de aportes y la obligatoriedad de su utilización.
  • Decreto 064 del 2005: Establece conformación de comité para diseño y contenido de la Planilla Integrada de liquidación de Aportes.
  • Decreto 1464 del 2005: Establece periodicidad, lugar y plazos para los pagos de los aportes de la Seguridad Social.
  • Decreto 1465 del 2005: Establece la obligación de las administradoras con los aportantes de permitir el pago de los aportes a través de la Planilla Única y define todos los conceptos que tiene el Sistema Pila.
  • Resolución 001303 del 2005: Por la cual se adopta el contenido del formulario único o Planilla Integrada de Liquidación de Aportes.
  • Resolución 2310 del 2005: Se ajustan algunos aspectos de la Resolución 1303 de 2005.
  • Resolución 3104 del 2005: Por la cual se precisan algunos aspectos del procedimiento de pago integrado realizado a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes.
  • Resolución 0634 del 2006: Por la cual se adopta el contenido de la Planilla Única, modifica la resolución 3104 del 2005.
  • Resolución 1317 del 2006: Por la cual se prorroga la entrada en vigencia del uso de la Planilla Única y se modifica la Resolución 634 del 2006.
  • Decreto 1931 del 2006: Por medio de la cual se establecen las fechas de obligatoriedad del uso de la Planilla y se modifica parcialmente el Decreto 1465 del 2005.
  • Resolución 2145 del 2006: Por la cual se adopta el contenido del formulario único o Planilla Integrada de Liquidación de Aportes para los pensionados.
  • Resolución 0736 del 2007: Por la cual se precisa la operación del Pago Asistido a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes.
  • Resolución 1190 del 2007: Por la cual se prorroga la obligatoriedad del Pago Asistido.
  • Decreto 1670 del 2007: Por medio del cual se ajustan las fechas para el pago de aportes al Sistema de la Protección Social y para la obligatoriedad del uso de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes.
  • Decreto 728 del 2008: Por medio del cual se establecen las fechas de obligatoriedad del uso de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes para pequeños aportantes e Independientes.
  • Resolución 1747 del 2008: Por la cual se modifica el contenido de la Planilla Única, modifica la resolución 634 del 2006.
  • Resolución 2377 del 2008: Por la cual se dictan disposiciones para el tipo de Aportante Independiente, modifica la resolución 1747 del 2008.
  • Resolución 2733 del 2008: Modificación de costos de las transacciones financieras asociadas al recaudo de los aportes de la Seguridad Social
  • Resolución 000990 del 2009: Cotizante 42 y modificación cotizante 41.
  • Resolución 1155 del 2009: Por la cual se define el Registro de Independientes con Bajos Ingresos.
  • Resolución 1184 del 2009: Establece la clase de Aportante ¨C¨ Mipyme.
  • Resolución 001622 del 2009: Establece la fecha de entrada en vigencia de las planillas tipo ¨M¨ (Mora) Y TIPO ¨N¨ (Corrección).
  • Resolución 0773 del 2011: Se modifica la estructura de la planilla única para la implementación de la Progresividad en los aportes parafiscales, Ley 1429, Formalización y Generación de empleo. Se establece la clase de Aportante ¨D¨ empresa acogida a la ley 1429.
  • Resolución 2640 del 2011: Se establece la planilla tipo ¨H¨, planilla para el pago de aportes de madres comunitarias
  • Decreto 1990 de 2016: Se establece La s fechas de pago de los aportes a la seguridad social.

Fechas de pago

COMFACUNDI ha establecido para el año 2022 las fechas límite en que los afiliados deben presentar las afiliaciones y/o novedades, la fecha límite de renovación de los certificados escolares, las fechas para la entrega del subsidio educativo y el subsidio familiar, tenga presente estas fechas para tener continuidad y disponibilidad del subsidio familiar

Día hábil de vencimiento en el mes

Últimos 2 dígitos del NIT
o cédula del aportante

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Últimos 2 dígitos del NIT
o cédula del aportante

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Últimos 2 dígitos del NIT o cédula del aportante

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82 AL 87

15

88 AL 93

16

94 AL 99

Requisitos y documentos para la solicitud de afiliación de pensionados

Afiliación: 0.6%
Los pensionados que perciban mesadas superiores a uno y medio (1.5) SMMLV, en su condición de afiliados voluntarios a las Cajas de Compensación Familiar, podrán aportar el cero punto seis por ciento (0.6%) sobre la correspondiente mesada pensional, para acceder a los servicios de recreación, turismo y capacitación.

Documentos para afiliarte

  • Formulario de afiliación a pensionados.
  • Carta de aceptación de aportes.
  • Fotocopia de la cédula del afiliado.
  • Fotocopia de la cédula del cónyuge o compañero permanente.
  • Fotocopia del último desprendible de pago de la mesada pensional.
  • Si tiene hijos menores de 18 años, fotocopia del registro civil, fotocopia de la tarjeta de identidad y declaración juramentada.
Los pensionados con mesadas superiores a uno y medio (1.5) SMMLV, en su condición de afiliados voluntarios a las Cajas de Compensación Familiar, podrán aportar el dos por ciento (2%) sobre la misma. Lo anterior, con el fin de acceder a todas las prestaciones a que tienen derecho los trabajadores activos, con excepción de la cuota monetaria de subsidio.

Documentos para afiliarte

  • Formulario de afiliación a pensionados.
  • Carta de aceptación de aportes.
  • Fotocopia de la cédula del afiliado.
  • Fotocopia de la cédula del cónyuge o compañero permanente.
  • Fotocopia del último desprendible de pago de la mesada pensional.
  • Si tiene hijos menores de 18 años, fotocopia del registro civil, fotocopia de la tarjeta de identidad y declaración juramentada.
Los trabajadores que hubieren acreditado veinticinco (25) o más años de afiliación al Sistema de Subsidio Familiar, a través de una Caja de Compensación Familiar, serán afiliados automáticamente al Sistema de Subsidio Familiar en calidad de pensionados por fidelidad de manera inmediata en la última Caja de Compensación Familiar a la que estuvo afiliado, una vez sea reconocida su pensión por parte del Sistema General de Pensiones o por el Sistema de Riesgos Laborales, tendrán derecho a los programas de capacitación, recreación y turismo social con las tarifas más bajas de cada Caja de Compensación.

Documentos para afiliarte

  • Formulario de afiliación pensionados Plan 25 años.
  • Fotocopia de la cédula del afiliado.
  • Fotocopia del último desprendible de pago de la mesada pensional.
  • Fotocopia de la resolución de la pensión.
  • Certificación expedida por la Caja de Compensación Familiar donde estuvo afiliado como trabajador, donde se indique el tiempo de aporte (25 años o más).

¡Saca provecho a tu tiempo y vida!

Curazao te espera con sus playas de arena blanca, aguas cristalinas y un ambiente relajado que te hará sentir en el paraíso. 


Desde explorar coloridos arrecifes de coral hasta pasear por encantadores mercados locales, siempre hay algo emocionante que hacer; Disfruta de un clima cálido y soleado todo el año, ideal para relajarte y disfrutar de actividades al aire libre, sumérgete en la vibrante cultura local, con influencias europeas y caribeñas que se reflejan en su arquitectura, gastronomía y festividades.

Curazao es conocido por ser un destino seguro y acogedor, con servicios de salud de alta calidad y una infraestructura turística bien desarrollada

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CIRCULAR 3.16.2 CSF No. 564AGO

Reglamento de suspensión y expulsión de afiliados a la caja

Señores Empleadores, Trabajadores Independientes, empleadores de Servicio Doméstico, trabajador y Pensionados afiliados, a través de nuestra página web www.comfacundi.com.co sección Aportes; ustedes podrán encontrar la publicación del Reglamento de Suspensión y Expulsión de Afiliados a COMFACUNDI.
Lo anterior, con el fin de dar a conocer el procedimiento que la Caja de Compensación Familiar de Cundinamarca COMFACUNDI aplicará para los casos en los que por acción u omisión, se incurra en alguna de las causales de suspensión y expulsión enumeradas en la Ley o en alguna de las relacionadas en el Reglamento

Cordial Saludo,
LUIS FERNANDO OLAZ PRIETO
Jefe de Aportes y Subsidio

Nos encantaría saber de tí

Déjanos tus datos y uno de nuestros asesores se comunicará contigo

Mujer diciendo con los dedos todo ok

¡Registro exitoso!

Procederemos a validar tu solicitud en los siguientes 2 días (hábiles). Te notificaremos por correo electrónico si tu crédito queda radicado o no. Para mayor información comunícate a la línea (601) 3790909.

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