Subsidio de vivienda
¿Qué es el subsidio de vivienda?
Es un aporte monetario (por una sola vez) para que puedas adquirir, construir o hacer mejoras a tu vivienda. Lo mejor es que este monto no es un préstamo, así que relájate porque no tendrás que preocuparte por devolverlo.
- Ser afiliado activo a COMFACUNDI y tener una antigüedad mínima de 4 meses.
- Recibir ingresos iguales o menores a cuatro salarios mínimos SMMLV ($4.640.000).
- No ser propietario de una vivienda en el territorio nacional, ni tampoco algún miembro del hogar.
- No ser beneficiario del Subsidio de Vivienda otorgado por entidades gubernamentales privadas, ni tampoco algún miembro del hogar.
- Al aplicar a una compra de vivienda nueva el Oferente y el Plan de Vivienda deben estar urbanizados y aprobados conforme a la normatividad vigente
- Es fundamental el cumplimiento del cierre financiero
CIERRE FINANCIERO
Es la suma de los recursos propios del hogar (representado en certificados de cuentas de ahorro programado, cesantías y/o pagos realizados a la constructora hasta la fecha) más el crédito hipotecario y el Subsidio Familiar de Vivienda otorgado por la Caja de Compensación. Así, los ingresos deben ser suficientes para lograr el 100% del valor total de la vivienda.10% Ahorro
- Cesantías
- Ahorro programado
- Certificado de depósito a término fijo
- Aportes a la constructora
Crédito hipotecario
- Aprobado por la entidad financiera
Subsidio de vivienda
- Valor sujeto a los ingresos del grupo familiar (Ver pag 10)
Nota: Dentro del cierre financiero no se incluye ningún otro subsidio que a la fecha no sea posible certificar su aprobación conforme al Decreto 1077 de 2015. Se le informa al afiliado que el subsidio concurrente Mi Casa Ya está sujeto al rango salarial y a cupos disponibles otorgados por el Gobierno Nacional y entidad financiera.
- Diligencia el Formulario único de postulación Subsidio de Vivienda, solamente completa los datos solicitados en los numerales 1-5 y 12, luego firma el documento.
- Fotocopia legible de la cédula de ciudadanía o documento de identidad equivalente, de todos los miembros del hogar mayores de edad; fotocopia legible del registro civil y tarjeta de identidad que incluya el Número de Identificación Personal (NUIP), de los menores de edad que integran el hogar.
- Declaración de estado civil y condición especial Descargar Formato
Certificaciones
- Para empleados dependientes: Emite una certificación laboral donde se especifiquen tus ingresos, los desprendibles de nómina de los últimos tres meses y el certificado EPS.
- Para empleados independientes: Presenta una certificación expedida por un contador público y de quien debes anexar: fotocopia de la cédula de ciudadanía, fotocopia de la tarjeta profesional y certificación de antecedentes disciplinarios expedido por la Junta Central de Contadores. Adicional añade tu certificado EPS.
- Ingreso por actividad laboral no formal: Si algún miembro mayor de edad de tu hogar recibe algún ingreso no formal, deberás presentar una carta manifestándolo.
- Carta de manifestación por no ingreso: Si algún miembro mayor de edad de tu hogar NO recibe ningún ingreso, deberás presentar una carta (con vigencia no mayor a 30 días calendario) manifestándolo.
- Carta de aprobación crédito hipotecario: Emite este documento en una entidad financiera sometida al control, vigilancia e intervención del Estado, con vigencia no mayor a 90 días de expedición. Emite este documento en una entidad financiera sometida al control, vigilancia e intervención del Estado, con vigencia no mayor a 90 días de expedición.
- Certificación recursos propios del hogar: Donde se evidencie el ahorro programado, cesantías y aportes a la constructora expedida por la constructora o fiduciaria, con saldo a la fecha e información del proyecto.
- Presenta la declaración de extrajuicio que acredite tu condición de mujer u hombre cabeza de hogar, según sea el caso.
- Si algún miembro mayor de edad del hogar no recibe ningún ingreso o pensión, debes presentar una carta manifestándolo.
- Si en tu grupo familiar hay personas en condición de discapacidad, debes presentar el certificado médico de discapacidad con sello y registro médico.
- Para postulaciones con integrantes divorciados o separados legalmente: debes presentar el registro civil de matrimonio con nota marginal que acredite la liquidación y disolución de sociedad conyugal o divorcio.
- Para postulaciones con integrantes viudos: debes presentar el registro civil de matrimonio y el registro civil de defunción.
Modalidad de subsidio de vivienda
Adquisición de vivienda nueva(VIS o VIP)
Mejoramiento de vivienda
Construcción en sitio propio
Cronograma Postulación y Asignación 2024
Mes Postulación |
Fecha de postulación Apertura |
Fecha de postulación Cierre |
Fecha Asignación |
---|---|---|---|
Enero |
2 |
18 |
16/02/2024 |
Febrero |
1 |
16 |
18/03/2024 |
Marzo |
1 |
18 |
16/04/2024 |
Abril |
1 |
16 |
20/05/2024 |
Mayo |
2 |
20 |
20/06/2024 |
Junio |
4 |
20 |
17/07/2024 |
Julio |
2 |
17 |
20/08/2024 |
Agosto |
1 |
20 |
17/09/2024 |
Septiembre |
2 |
17 |
17/10/2024 |
Octubre |
1 |
17 |
20/11/2024 |
Noviembre |
1 |
20 |
17/12/2024 |
Diciembre |
N/A |
N/A |
N/A |
Ajustes subsidio Familiar de Vivienda 2024!
La Caja de Compensación Familiar - COMFACUNDI informa que las solicitudes de ajustes del Subsidio Familiar de Vivienda se recibieron hasta el día 18 de marzo del presente año.
Asignaciones para el
subsidio familiar de vivienda
Aquí encontrará los listados de personas a los que se les asignaron los subsidios de vivienda en los meses correspondientes a los años 2023 a la fecha.
Preguntas Frecuentes
- Para compra de vivienda nueva los valores son de 30 o 20 SMMLV.
- Para mejoramiento de vivienda y construcción en sitio propio (Urbano) es 18 SMMLV.
- Para mejoramiento de vivienda (Rural) es 22 SMMLV.
- Para construcción en sitio propio (Rural) es 70 SMMLV.
Como le estipula la normatividad vigente el subsidio tiene cobertura a nivel nacional, tener en cuenta que puede aplicar a una vivienda nueva VIS que no supere los 135 SMMLV y los 150 SMMLV, según los municipios y distritos establecidos en el decreto 1467 de 2019.
De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados, víctimas de actos terroristas y afectados por situaciones de desastre o calamidad pública, apliquen a un subsidio para la compra de vivienda usada por parte del Fondo Nacional de Vivienda – FONVIVIENDA, igualmente para hogares en situación de desplazamiento y damnificados por atentados terroristas.
No, únicamente aplica para vivienda nueva (VIS o VIP)»